Caso fraude al FUT: justicia acoge penas y multas de la Fiscalía para tres imputados
Se trata de los contadores Francisco Civit, Hernán Díaz y Horacio Mayquel, quienes fueron condenados a 5 años de presidio -con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual periodo- y al pago de una multa del 100% de lo defraudado.
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El Octavo Juzgado de Garantía condenó a tres imputados en el denominado caso fraude al FUT. Se trata de los contadores Francisco Ignacio Civit Jeraldino, Hernán Enrique Díaz Bahamóndez y Horacio Nelson Mayquel Soto.
En audiencia de comunicación de la sentencia realizada hoy, el magistrado Sergio Córdova dio lectura a la resolución adoptada por el juez Marcelo Rojas, quien dictó fallo condenatorio de una pena única de cinco cinco años de presidio menor en su grado máximo y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Además, se les condenó a una multa correspondiente del 100% de los defraudado, por "su responsabilidad en calidad de autores de los delitos reiterados de fraude tributario y soborno, en grado de consumados", ilícitos perpetrados durante el período comprendido entre marzo de 2010 y septiembre de 2012.
De esta manera, Francisco Civit deberá pagar $149.777.279; Hernán Díaz fue multado por $77.844.803; y Horacio Mayquel $277.079.388.
Por satisfacer "(...) los requisitos previstos en el artículo 15 bis de la Ley N° 20.603, se impone respecto de todos los sentenciados para el cumplimiento de la pena antes impuesta, la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el término antes decretado, esto es, 5 años, debiendo cumplir los sentenciados durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento, y asimismo, con las condiciones del artículo 17 de la Ley N° 18.216, modificada por la Ley N° 20.603: a) residencia en un lugar determinado; b) sujeción a la vigilancia y orientación permanentes del delegado que se designe; c) ejercicio de una profesión, oficio o empleo".
Asimismo, se les impuso la prohibición de comunicarse con los coimputados de la causa Iván Eduardo Álvarez Díaz, Sergio Enrique Díaz Córdova, Mitzi Leda Carrasco Rioseco y Juan Carlos Prieto Lizama.
Para dar cumplimiento con lo resuelto, "los sentenciados deberán presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente, para la elaboración del plan de intervención respectivo, todo lo anterior bajo apercibimiento de revocar la pena sustitutiva", concluye la resolución.